Spider-Man: de vuelta a casa…¿o no?

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La vida cotidiana está inmersa en las relaciones sociales (entre amigos, familiares, tiendas, empleadores, etc.) y muchas de ellas generan una o varias obligaciones y derechos. Cuando llegas a un acuerdo para establecer derechos y obligaciones en esa relación, se les llama contratos.

Los contratos se componen de cláusulas, que son donde se describen los compromisos, obligaciones y derechos de cada parte y sobre todo, las que indican cómo se van a cumplir esos acuerdos.  

Existen distintos tipos de cláusulas y los abogados les hemos puesto nombres para identificarlas. Por mencionar algunas, tenemos a las esenciales, naturales, y accidentales, estas cláusulas te pueden ayudar incluso a blindarte ante condiciones futuras que pudieran suceder o no, a estas les llamamos cláusulas condicionantes.

Las cláusulas condicionantes son aquellas cuya existencia es dependiente a que suceda una o varias situaciones de las cuales no se tiene certeza si ocurrirán o no, mismas que a su vez pueden ser de 2 tipos: suspensivas y resolutorias.

Las suspensivas son todas aquellas donde la obligación o derecho comienza a existir cuando  suceda el hecho futuro, mientras que las resolutorias son en las que la obligación o derecho se termina cuando sucede el hecho futuro.

Te pongo un claro ejemplo para mostrar la importancia de la personalización en las cláusulas: El contrato celebrado entre Marvel y Sony, en el cual se transfirieron los derechos del más famoso personaje de Marvel: Spider-Man.

Sony compra a Spider-Man.

Los derechos del personaje más icónico de Marvel fueron adquiridos en su totalidad por la compañía Sony en el 2007, porque Marvel apenas se estaba recuperando de la bancarrota, pero lo hizo con algunas condicionantes muy estratégicas.

El ciberataque a Sony de 2014 filtró algunas clausulas de ese contrato y reveló las condiciones que Marvel puso en su contrato para asegurarse que Spiderman no fuera olvidado ni terminara en manos de desconocidos:

  • 1.- Si un tercero compra la compañía Sony, los derechos de Spider-man vuelven a Marvel.
  • 2.- Sony debe realizar al menos una película del personaje cada 3 años, de lo contrario perderá los derechos del personaje.

La trilogía de Spider-Man fue un éxito, pero con el reboot de la franquicia, las ganancias disminuyeron considerablemente.

En 2009, Disney adquirió Marvel y los derechos de todos sus personajes; sus producciones crecieron en popularidad en comparación del declive inminente de Sony con las películas de Spider-Man.

Eso provocó el diálogo entre ambas compañías para ceder parcialmente los derechos del uso del personaje de Spider-Man y que fuera introducido en las historias de Disney. La colaboración propició que la segunda película en solitario fuera la más taquillera del personaje.

Al verlo, Disney solicitó una renegociación con Sony, ya que su producción sobre Spider-man había generado muchas más ganancias que las generadas por Sony, y se llegó a un acuerdo de colaboración limitándolo a una película más del personaje, pero, no se especificó nada sobre el futuro del mismo.

¿Podrá Sony cumplir con las cláusulas condicionantes para conservar Spider – man?

Marvel ahora pertenece a Disney, y se piensa que el éxito del nuevo Spider-Man es por la colaboración con Disney.

Sony está en una situación en donde podría producir sus películas y tomar el riesgo de que no tengan el éxito suficiente que le permitan lanzar otra en los 3 años siguientes a la colaboración con Disney y entonces sufrir las consecuencias: Spiderman debería volver a Marvel.

Las cláusulas condicionantes son una muy buena estrategia que puede ayudarte a negociar situaciones futuras sobre tu negocio

Sin duda alguna, tener un buen abogado para personificar adecuadamente las cláusulas de tus contratos según tu negocio, puede ayudarte a tener mucho éxito y con ello estar a la altura de grandes compañías como Sony y Marvel.

Si quieres recibir más información sobre este u otros temas, no dudes en contactarnos en komenko.mx o nuestras redes sociales @KomenkoMx

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